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SECCIÓN VIII CAPÍTULO VI ARTÍCULO 208
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Art. 208 - comparación
Lo que la Ley Ómnibus eliminaría se muestra en rojo tachado, y en verde se destaca el texto agregado
Facúltese al Poder Ejecutivo nacional a elaborar, con el acuerdo de las Provincias, una legislación ambiental armonizada a los fines del cumplimiento del artículo 23 de la Ley N° 27.007, la que tendrá como objetivo prioritario aplicar las mejores prácticas internacionales de gestión ambiental a las tareas de exploración, explotación y/o transporte de hidrocarburos a fin de lograr el desarrollo de la actividad con un adecuado cuidado del ambiente.TÍTULO IX Régimen de incentivo para grandes inversiones (RIGI)Capítulo I. Creación y ámbito de aplicación
Art. 208 - texto actual

Facúltese al Poder Ejecutivo nacional a elaborar, con el acuerdo de las Provincias, una legislación ambiental armonizada a los fines del cumplimiento del artículo 23 de la Ley N° 27.007, la que tendrá como objetivo prioritario aplicar las mejores prácticas internacionales de gestión ambiental a las tareas de exploración, explotación y/o transporte de hidrocarburos a fin de lograr el desarrollo de la actividad con un adecuado cuidado del ambiente.TÍTULO IX Régimen de incentivo para grandes inversiones (RIGI)Capítulo I. Creación y ámbito de aplicación