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SECCIÓN IX CAPÍTULO III ARTÍCULO 220
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Art. 220 - comparación
Lo que la Ley Ómnibus eliminaría se muestra en rojo tachado, y en verde se destaca el texto agregado
A efectos de adherir al RIGI y adquirir los derechos y beneficios que se establecen en dicho régimen, los VPU deberán: a) presentar la solicitud de adhesión y un plan de inversión en los términos y condiciones previstos en el artículo 221; y b) obtener la aprobación por parte de la Autoridad de Aplicación de la solicitud de adhesión y del plan de inversión presentado.
Art. 220 - texto actual

A efectos de adherir al RIGI y adquirir los derechos y beneficios que se establecen en dicho régimen, los VPU deberán: a) presentar la solicitud de adhesión y un plan de inversión en los términos y condiciones previstos en el artículo 221; y b) obtener la aprobación por parte de la Autoridad de Aplicación de la solicitud de adhesión y del plan de inversión presentado.