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SECCIÓN VII CAPÍTULO III ARTÍCULO 78
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Art. 78 - comparación
Lo que la Ley Ómnibus eliminaría se muestra en rojo tachado, y en verde se destaca el texto agregado
Se prohíben las operaciones de concentración económica cuyo objeto o efecto sea o pueda ser restringir o distorsionar la competencia, de modo que pueda resultar un perjuicio para el interés económico general.
Art. 78 - texto actual

Se prohíben las operaciones de concentración económica cuyo objeto o efecto sea o pueda ser restringir o distorsionar la competencia, de modo que pueda resultar un perjuicio para el interés económico general.