Anterior
SECCIÓN VII CAPÍTULO V ARTÍCULO 96
Siguiente
96 - Créase el Tribunal de Defensa de la Comp...
Art. 96 - comparación
Lo que la Ley Ómnibus eliminaría se muestra en rojo tachado, y en verde se destaca el texto agregado
Créase el Tribunal de Defensa de la Competencia como organismo descentralizado y autárquico en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional. El Tribunal de Defensa de la Competencia tendrá plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado y su patrimonio estará constituido por los bienes que se le transfieran y los que adquiera en el futuro por cualquier Título. Tendrá su sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pero podrá actuar, constituirse y sesionar en cualquier lugar del país.
Art. 96 - texto actual

Créase el Tribunal de Defensa de la Competencia como organismo descentralizado y autárquico en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional. El Tribunal de Defensa de la Competencia tendrá plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado y su patrimonio estará constituido por los bienes que se le transfieran y los que adquiera en el futuro por cualquier Título. Tendrá su sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pero podrá actuar, constituirse y sesionar en cualquier lugar del país.