Lo que la Ley Ómnibus eliminaría se muestra en rojo tachado, y en verde se destaca el texto agregado
El Tribunal de Defensa de la Competencia graduará las multas en base a: a) la gravedad de la infracción; b) el daño causado a las personas afectadas por la actividad prohibida; c) el beneficio obtenido por las personas involucradas en la actividad prohibida; d) el efecto disuasivo; e) el valor de los activos involucrados al momento en que se cometió la violación; f) la intencionalidad, la duración y la participación del infractor en el mercado; g) el tamaño del mercado afectado; h) la duración de la práctica o concentración y los antecedentes del responsable, así como su capacidad económica. La colaboración con la Agencia de Mercados y Competencia en el conocimiento o en la investigación de la conducta podrá ser considerada un atenuante en la graduación de la sanción. La Agencia de Mercados y Competencias será la encargada de ejecutar las multas previstas por este Capítulo, incluida la estipulada en el artículo 127 de la presente ley.
Art. 125 - texto actual
El Tribunal de Defensa de la Competencia graduará las multas en base a: a) la gravedad de la infracción; b) el daño causado a las personas afectadas por la actividad prohibida; c) el beneficio obtenido por las personas involucradas en la actividad prohibida; d) el efecto disuasivo; e) el valor de los activos involucrados al momento en que se cometió la violación; f) la intencionalidad, la duración y la participación del infractor en el mercado; g) el tamaño del mercado afectado; h) la duración de la práctica o concentración y los antecedentes del responsable, así como su capacidad económica. La colaboración con la Agencia de Mercados y Competencia en el conocimiento o en la investigación de la conducta podrá ser considerada un atenuante en la graduación de la sanción. La Agencia de Mercados y Competencias será la encargada de ejecutar las multas previstas por este Capítulo, incluida la estipulada en el artículo 127 de la presente ley.