Anterior
SECCIÓN VIII CAPÍTULO I ARTÍCULO 165
Siguiente
165 - Las autorizaciones de transporte y las h...
Art. 165 - comparación
Lo que la Ley Ómnibus eliminaría se muestra en rojo tachado, y en verde se destaca el texto agregado
Art. 42. — Las concesiones de transporte ARTÍCULO 42.- Las autorizaciones de transporte y las habilitaciones de procesamiento en ningún caso implicarán un privilegio derecho de exclusividad que impida al Poder Ejecutivo otorgar iguales derechos a terceros en la misma zona.para quien realiza la actividad.
Art. 165 - texto actual

ARTÍCULO 42.- Las autorizaciones de transporte y las habilitaciones de procesamiento en ningún caso implicarán un derecho de exclusividad para quien realiza la actividad.