186 - Los permisionarios, concesionarios o aut...
Art. 186 - comparación
Art. 186 - texto actualLo que la Ley Ómnibus eliminaría se muestra en rojo tachado, y en verde se destaca el texto agregadoArt. 77. — Los permisionarios y concesionarios ARTÍCULO 77.- Los permisionarios, concesionarios o autorizados facilitarán en la forma más amplia el ejercicio por parte de los funcionarios competentes de las tareas de inspección y fiscalización.
ARTÍCULO 77.- Los permisionarios, concesionarios o autorizados facilitarán en la forma más amplia el ejercicio por parte de los funcionarios competentes de las tareas de inspección y fiscalización.