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SECCIÓN II CAPÍTULO IV ARTÍCULO 56
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Art. 56 - comparación
Lo que la Ley Ómnibus eliminaría se muestra en rojo tachado, y en verde se destaca el texto agregado
Consolídense en el Estado Nacional las tenencias de títulos de deuda pública de titularidad de las entidades del Sector Público Nacional, conforme definición del artículo 8° de la Ley N° 24.156, y el Fondo de Garantía de la Sustentabilidad creado por el Decreto N° 897/2007.
Art. 56 - texto actual

Consolídense en el Estado Nacional las tenencias de títulos de deuda pública de titularidad de las entidades del Sector Público Nacional, conforme definición del artículo 8° de la Ley N° 24.156, y el Fondo de Garantía de la Sustentabilidad creado por el Decreto N° 897/2007.