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SECCIÓN II CAPÍTULO IV ARTÍCULO 57
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Art. 57 - comparación
Lo que la Ley Ómnibus eliminaría se muestra en rojo tachado, y en verde se destaca el texto agregado
Lo establecido en el artículo anterior no será de aplicación al Banco Central de la República Argentina, ni a las entidades reguladas por las Leyes N° 20.091 y 21.526.
Art. 57 - texto actual

Lo establecido en el artículo anterior no será de aplicación al Banco Central de la República Argentina, ni a las entidades reguladas por las Leyes N° 20.091 y 21.526.