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SECCIÓN VII CAPÍTULO III ARTÍCULO 85
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Art. 85 - comparación
Lo que la Ley Ómnibus eliminaría se muestra en rojo tachado, y en verde se destaca el texto agregado
Transcurrido el plazo previsto en el artículo 84 de la presente ley sin mediar resolución al respecto, la operación de concentración económica se tendrá por autorizada tácitamente. La autorización tácita producirá en todos los casos los mismos efectos legales que la autorización expresa. La reglamentación del presente Título establecerá un mecanismo para certificar el cumplimiento del plazo que diera lugar a la aprobación tácita.
Art. 85 - texto actual

Transcurrido el plazo previsto en el artículo 84 de la presente ley sin mediar resolución al respecto, la operación de concentración económica se tendrá por autorizada tácitamente. La autorización tácita producirá en todos los casos los mismos efectos legales que la autorización expresa. La reglamentación del presente Título establecerá un mecanismo para certificar el cumplimiento del plazo que diera lugar a la aprobación tácita.