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SECCIÓN VII CAPÍTULO IV ARTÍCULO 93
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Art. 93 - comparación
Lo que la Ley Ómnibus eliminaría se muestra en rojo tachado, y en verde se destaca el texto agregado
El secretario de la Agencia de Mercados y Competencia deberá excusarse por las causas previstas en los incisos 1), 2), 3), 4), 5), 7), 8), 9) y 10) del artículo 17 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y en los casos en los que tengan o hayan tenido en los últimos tres (3) años una participación económica o relación de dependencia laboral en alguna de las personas jurídicas sobre las que deba resolver. En dicho casas las obligaciones recaerán en los funcionarios de la Agencia de Mercados y Competencia.
Art. 93 - texto actual

El secretario de la Agencia de Mercados y Competencia deberá excusarse por las causas previstas en los incisos 1), 2), 3), 4), 5), 7), 8), 9) y 10) del artículo 17 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y en los casos en los que tengan o hayan tenido en los últimos tres (3) años una participación económica o relación de dependencia laboral en alguna de las personas jurídicas sobre las que deba resolver. En dicho casas las obligaciones recaerán en los funcionarios de la Agencia de Mercados y Competencia.