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SECCIÓN VII CAPÍTULO I ARTÍCULO 72
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Art. 72 - comparación
Lo que la Ley Ómnibus eliminaría se muestra en rojo tachado, y en verde se destaca el texto agregado
Constituyen prácticas absolutamente restrictivas de la competencia, y se presume que producen un perjuicio al interés económico general, los acuerdos entre dos o más competidores cuyo objeto o efecto fuere: a) concertar en forma directa o indirecta el precio de venta o compra de bienes o servicios al que se ofrecen o demanden en el mercado o intercambiar información con el mismo objeto o efecto; b) establecer obligaciones de (i) producir, procesar, distribuir, comprar o comercializar sólo una cantidad restringida o limitada de bienes, o (ii) prestar un número, volumen o frecuencia restringido o limitado de servicios;c) repartir, dividir, distribuir, asignar o imponer zonas, porciones o segmentos de mercados, clientes o proveedores; d) concertar en forma directa o indirecta la negativa a satisfacer las demandas de compra o venta de bienes o la prestación o contratación de servicios a uno o más terceros; e) coordinar posturas, incluida la abstención, en licitaciones, concursos o subastas.
Art. 72 - texto actual

Constituyen prácticas absolutamente restrictivas de la competencia, y se presume que producen un perjuicio al interés económico general, los acuerdos entre dos o más competidores cuyo objeto o efecto fuere: a) concertar en forma directa o indirecta el precio de venta o compra de bienes o servicios al que se ofrecen o demanden en el mercado o intercambiar información con el mismo objeto o efecto; b) establecer obligaciones de (i) producir, procesar, distribuir, comprar o comercializar sólo una cantidad restringida o limitada de bienes, o (ii) prestar un número, volumen o frecuencia restringido o limitado de servicios;c) repartir, dividir, distribuir, asignar o imponer zonas, porciones o segmentos de mercados, clientes o proveedores; d) concertar en forma directa o indirecta la negativa a satisfacer las demandas de compra o venta de bienes o la prestación o contratación de servicios a uno o más terceros; e) coordinar posturas, incluida la abstención, en licitaciones, concursos o subastas.